RECLAMO EFIP II

Alumno Responsable de la UES 21

/ #28 Re: Eliminación efip2 y respuesta urgente a Procurador

2014-09-16 20:27

#1: - Eliminación efip2 y respuesta urgente a Procurador 

Seria bueno que leyeran el Reglamento Institucional cuando ingresan....

3.5.3 EFIP II

El Examen Final Integrador Presencial II (EFIP II) tiene por objetivo principal obtener una

visión cuantitativa y cualitativa de la integración y transferencia del alumno sobre los conocimientos

de las distintas asignaturas en su desarrollo profesional en formación.

El EFIP II es de carácter obligatorio y una instancia constitutiva del Sistema de Educación a

Distancia de la Universidad. Se rendirá como condición previa para aprobar el Trabajo Final de

Graduación y obtener el título de grado que otorga la Universidad.

El EFIP II es complementario del sistema de evaluación que la Universidad aplica a las

materias que conforman la currícula de cada carrera de grado.

R E G L A M E N T O I N S T I T U C I O N A L

El EFIP II se rinde en la sede Campus de la UES21 en Córdoba, en forma escrita y oral,

frente a un tribunal evaluador. Para rendir este examen, el alumno debe tener aprobadas todas las

materias correspondientes a la currícula de su carrera y cumplimentados los 8 créditos de las

materias electivas.

En el desarrollo del EFIP II se evaluará la integración curricular de la carrera respecto del

perfil profesional del alumno. La nota mínima con la que se aprueba el EFIP II es 4 (cuatro) y la

máxima 10 (diez). Cada alumno rinde individualmente.

El EFIP II contempla una evaluación escrita y otra oral sobre los contenidos centrales de las

materias. El examen escrito será elaborado por el Tutor de la Carrera, con la colaboración de

profesores de materias troncales de la currícula. Este examen se rendirá ante un tribunal conformado

específicamente, con docentes y/o autoridades académicas de la Universidad.

El alumno que apruebe el examen comprensivo escrito pasará a la instancia oral. La misma

tendrá lugar inmediatamente a continuación de la instancia escrita, ante el mismo tribunal evaluador.

Dicho examen consistirá en una evaluación complementaria de los temas centrales abordados en la

instancia escrita, así como eventualmente de otros temas referidos a aspectos nodales de la carrera.

El alumno puede rendir el EFIP II durante el período de tiempo en que desarrolla el proceso de los

coloquios con la Comisión Académica Evaluadora a Distancia (CAED).

En caso que algunas de las instancias (escrita u oral) del EFIP II no sean satisfactorias, el

estudiante será reprobado, debiendo rendirlo nuevamente. El alumno que no apruebe el EFIP II no

podrá realizar la Defensa Oral del Trabajo Final de Graduación.

Los alumnos que hayan cursado la materia Seminario Final en el primer semestre de cada

año, podrán inscribirse a rendir EFIP II a partir del mes de agosto del mismo año. En tanto, aquellos

alumnos que cursen el seminario final en el segundo semestre de cada año podrán inscribirse a

rendir a partir de la primera fecha del año siguiente a la obtención de la regularidad de la materia.